DERECHO LABORAL: DELIMITACIÓN DEL DESPIDO FRAUDULENTO (CAS. N°1112-2019-LA LIBERTAD)

Estimados y estimadas, 

Compartimos con ustedes el contenido de la Casación N°1112-2019- La Libertad emitido por el Diario El Peruano el pasado lunes 22 de enero. 

En este, la Corte Suprema declaró infundado el recurso de casación en un proceso de reposición. 

Al respecto, la Cuarta Sala de Derecho Constitucional puntualizó que estamos ante un caso de despido fraudulento cuando un trabajador es destituido de su cargo con ánimo perverso, lesionando así el derecho al trabajo. 

Asimismo, en el caso particular, la Sala advierte la existencia de esfuerzos desmedidos e ilegítimos por parte del empleador de intentar forzar hechos no trascendentes jurídicamente en los supuestos de falta grave previstos en la ley. Ello, con la finalidad de que se aparente un despido causal. 

En suma, mediante la casación se concluye que el análisis de un despido fraudulento se basa en determinar si tal ha vulnerado o no el derecho constitucional al trabajo mediante el uso de mecanismos de elusión del despido sin causa, generando así un supuesto de fraude. 

Lea la Casación completa en el siguiente enlace: 

Casacion-1112-2019-La-Libertad

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