“Disposiciones para la inscripción electrónica de actos registrales ante la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos” y el procedimiento de “Presentación electrónica de solicitudes de inscripción de medidas cautelares ante la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos.” (Res. Administrativa Nº 459-2019-CE-PJ)
El sábado 30 de noviembre del presente año, se aprobó mediante Resolución Administrativa Nº 459-2019-CE-PJ, las “Disposiciones para la inscripción electrónica de actos registrales ante la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos” y el procedimiento de “Presentación electrónica de solicitudes de inscripción de medidas cautelares ante la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos.” Dado, en mérito al Acuerdo Nº 1386-2019 de la cuadragésima cuarta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Lecaros Cornejo, Arévalo Vela, Lama More, Pareja Centeno y Castillo Venegas.
En primer lugar, se exponen los siguientes considerandos:
- El Convenio Específico Nº 007 del Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional, suscrito entre la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos y el Poder Judicial, tiene por objeto la presentación electrónica de solicitudes de inscripción de medidas cautelares dispuestas por los órganos jurisdiccionales del Poder Judicial (en materia penal, civil, mercantil, laboral, etc.); el cual se inició con las solicitudes de inscripción de medidas de incautación dispuestas por los órganos jurisdiccionales con competencia en materia penal.
- Mediante Resolución administrativa Nº 296-2017-CE-PJ, del 3 de octubre de 2017, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobó el “Procedimiento de Presentación Electrónica de Solicitudes de Inscripción de Medidas de Incautación ante la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos(SUNARP)”, implementándose en los órganos jurisdiccionales con especialidad penal.
- Existiendo factibilidad técnico-normativa para ampliar el alcance de la presentación electrónica de medidas cautelares a otros órganos jurisdiccionales, los Órganos de Línea correspondientes de la Gerencia General del Poder Judicial han elaborado las adecuaciones sistémicas y documentos normativos de sus competencias.
- La implementación de la presentación electrónica de solicitudes de inscripción de medidas cautelares ante la superintendencia Nacional de los Registros Públicos, reducirá considerablemente los tiempos en su diligenciamiento, utilizando un mecanismo de envío que permita efectuarlo electrónicamente desde el órgano jurisdiccional, de forma directa, rápida y segura, a través del uso del Servicio Web y el Sistema Integrado Judicial.
- La Gerencia General del Poder Judicial, como órgano ejecutivo, técnico y administrativo, a través de sus órganos de línea, tiene a su cargo las funciones de ejecución, coordinación y supervisión de las actividades administrativas no jurisdiccionales de este Poder del Estado; siendo por ello, competente en el desarrollo de todas las actividades relacionadas a la correcta implementación de los nuevos servicios, tendientes a la mejora de los procesos.
- El artículo 82º, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por lo que siendo así, y teniendo en cuenta el propósito de brindar un mejor servicio a la ciudadanía, deviene en pertinente aprobar la propuesta presentada.
Finalmente, se resolvió:
1) Disponer la implementación del servicio denominado “Presentación electrónica de solicitudes de inscripción de medidas cautelares ante la superintendencia Nacional de los Registros Públicos”.
2) Aprobar la Directiva Nº 009-2019-CE-PJ “Disposiciones para la inscripción electrónica de actos registrales ante la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos”, que será de obligatorio cumplimiento por todos los órganos jurisdiccionales del Poder Judicial, donde se encuentre implementado el sistema.
3) Aprobar el procedimiento “Presentación electrónica de solicitudes de inscripción de medidas cautelares ante la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos”.
4) Disponer la publicación de la presente resolución y documentos aprobados en el Portal Institucional del Poder Judicial, para su difusión y cumplimiento.
5) Disponer que las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de la República, donde se encuentre implementado el servicio de actos registrales ante la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos(SUNARP); así como la Gerencia General del Poder Judicial, en cuanto sea su competencia, realicen las acciones administrativas necesarias para el cumplimiento de las disposiciones aprobadas.