Hoy, mediante Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos N° 058-2021-SUNARP/SN, se dispuso aprobar el Registro Centralizado de Reclamos en materia registral, a fin de asegurar un adecuado control de ingreso, seguimiento y atención de los reclamos respecto a los servicios registrales, presentados por los usuarios en los Órganos Desconcentrados de la Sunarp.
La presente resolución entra en vigencia a partir del 21 de junio de 2021.
Algunos reclamos de índole registral que menciona la norma son los siguientes:
– Reclamo por demora en la calificación de títulos o en la expedición de la publicidad registral.
– Reclamo por incumplimiento de la normativa que regula la atención especializada sobre procedimientos registrales y administrativo registrales en trámite.
– Reclamo respecto a las liquidaciones de títulos o servicios de publicidad.
– Reclamo por observaciones que discrepan con precedentes de observancia obligatoria.
– Reclamo por observaciones que discrepan con la normatividad vigente.
– Reclamo respecto de los informes técnicos emitidos por las áreas de catastro.
– Reclamos respecto a la extensión del asiento registral.
– Reclamos respecto a la actualización de índices.
– Otros reclamos relacionados con la prestación de los servicios registrales de inscripción y publicidad.
Para poder conocer más sobre el procedimiento de cómo registrar el reclamo en el Archivo Colaborativo, las acciones adicionales a cargo del servidor encargado del archivo colaborativo; el área responsable; entre otros, les compartimos la norma:
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