“(…) el elemento antijurídico se encuentra acreditado de las sentencias emitidas en el proceso de amparo que dieron lugar a la reposición laboral , pues se determinó en la parte considerativa de estas, que el cese fue arbitrario porque se dispuso en virtud de un procedimiento de evaluación de personal que vulneró el derecho de la actora al debido proceso, ya que fue evaluada sin tener conocimiento del Reglamento de Evaluación que no había sido publicado”.
Publicado en el Boletín del Casaciones de El Peruano, junio del 2020.
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