El día de hoy se publicó la Ley N° 31042: Ley de Reforma Constitucional que incorpora el artículo 34-A y el artículo 39-A sobre impedimentos para postular a cargos de elección popular o ejercer función pública.
Artículo Único. Incorporación de los artículos 34-A y 39-A en la Constitución Política del Perú
Incorpóranse los artículos 34-A y 39-A en la Constitución Política del Perú, según el texto siguiente:
Artículo 34-A. Están impedidas de postular a cargos de elección popular, las personas sobre quienes recaiga una sentencia condenatoria emitida en primera instancia, en calidad de autoras o cómplices, por la comisión de delito doloso.
Artículo 39-A. Están impedidas de ejercer la función pública, mediante designación en cargos de confianza, las personas sobre quienes recaiga una sentencia condenatoria emitida en primera instancia, en calidad de autoras o cómplices, por la comisión de delito doloso.
Compartimos la norma:
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